Asignación de Presupuesto de Egresos en los Municipios
- 27 sept 2020
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El Estado debe cumplir con sus compromisos con la población a la cual dirige, a través del ejercicio del gasto público para aspectos sociales como educación, vivienda, salud, seguridad social, defensa nacional, entre otros
El gasto público municipal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente, inversión física, inversión financiera, así como pagos de pasivo o deuda pública que realice el Ayuntamiento y los órganos o empresas paramunicipales.
Las principales fuentes de recursos de los municipios, según el Artículo 115 Constitucional, son las siguientes:
1.- La explotación de sus bienes patrimoniales.
2.- Las contribuciones que señalen las Legislaturas de los estados.
3.- Los derechos derivados de la prestación de servicios públicos.
4.- Las transferencias federales y estatales: participaciones y aportaciones. Dentro del apartado de ingresos propios (impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y contribuciones de mejoras), destaca el impuesto predial por el monto recaudado, principal fuente de ingresos propios. Haciendo uso de las facultades que le confiere la Constitución, el municipio percibe contribuciones de todo lo relacionado con la propiedad inmobiliaria: fraccionamiento, división, consolidación, traslado de dominio y mejora, entre otros.
El gobierno del estado recibe el total de las participaciones federales, entre las que se encuentran el Fondo General de Participaciones (FGP), el Fondo de Fortalecimiento Municipal (FFM), el Impuesto sobre Tenencia y Uso de Vehículos (ISTUV), participaciones en el Impuesto Sobre Vehículos Nuevos (ISAN), el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y otras, de todos estos recursos una parte se transfieren a los municipios y otra se queda en el gobierno del estado para cubrir diversas necesidades.
El porcentaje de participaciones que los estados deben canalizar a los municipios no debe ser inferior al 20%, según los artículos 2, 2-A, 3-A, 4 y 6 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF)122. El monto participable generalmente se integra del FGP (20%), FFM (100%), ISTUV (20%), ISAN (20%) e IEPS (20%), este monto se distribuye conforme a criterios que cada estado determina apropiados; las bases, cantidades y plazos serán definidos anualmente por las legislaturas de los estados, según lo establecido en el Artículo 115 Constitucional.123 El gobierno del estado recibe también las Aportaciones Federales, de las cuales una parte está destinada a los municipios. Dentro del ramo general 033 el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) y el Fondo de Fortalecimiento Municipal (FFM) son canalizados a la hacienda municipal con el objeto de coadyuvar en sus finanzas, estos dos fondos provienen de la descentralización del gasto federal y están etiquetados (destinados a fines establecidos por la federación y con reglas de operación particulares).
A su vez, el presupuesto de egresos se compone principalmente de los servicios personales (sueldos y salarios), materiales y suministros, servicios generales, subsidios, transferencias y ayudas, adquisición de bienes muebles e inmuebles, obras públicas y acciones (inversión pública), inversión financiera, aplicación de recursos federales y estatales, otros egresos y deuda pública.
Dentro del marco de la modernización presupuestaria se han instrumentado mecanismos para que la ejecución del gasto público municipal sea cada vez más eficaz y transparente, uno de estos mecanismos es el llamado Fortalecimiento municipal, que canaliza recursos federales y estatales, que buscan cubrir la delegación de responsabilidades, atendiendo las necesidades y requerimientos de los diversos núcleos sociales.
El proceso de planeación, programación y presupuestación municipal, tiene como propósito orientar el gasto público a la atención de lo prioritario, tomando en cuenta los objetivos contenidos en el Plan de Desarrollo Municipal, con la responsabilidad del uso eficiente de los recursos públicos en cada uno de los programas presupuestarios.
Es importante señalar que la integración del Presupuesto de Egresos debe contribuir a la transparencia y rendición de cuentas, fortaleciendo la correcta aplicación y manejo de los recursos públicos que dispongan las entidades municipales, los cuales deberán ser administrados con eficiencia, eficacia, economía y honradez.









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